La autoridad italiana para la Protección de la Privacidad, similar a nuestra Agencia de Protección de Datos, considera ilegal el espionaje de las redes P2P que realizan las empresas contratadas por las discográficas. Argumenta que la directiva europea sobre telecomunicaciones prohíbe a las compañías privadas efectuar controles masivos de datos, y que además no se han respetado los principios de transparencia y corrección.

Recordemos que no se trata de la primera vez que sucede esto en la Unión Europea, ya que un tribunal francés también dictaminó lo mismo con anterioridad. Todo indica por tanto que las actividades de recolección de direcciones IP de usuarios P2P para su posterior denuncia podrían ser ilegales, también en España.

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